Sunday, April 01, 2007

El articulo 170 de la Constitución Nacional

Hace unos dias estaba buscando articulos de la constitución nacional relacionados con la autonomía de las comunidades indigenas para escribir un post en el blog de Alejandro Gaviria, cuando me encontré con esta "perlita" antiliberal:

"ARTICULO 170. Un número de ciudadanos equivalente a la décima parte del censo electoral,
podrá solicitar ante la organización electoral la convocación de un referendo para la derogatoria de
una ley.
La ley quedará derogada si así lo determina la mitad más uno de los votantes que concurran al acto
de consulta, siempre y cuando participe en éste una cuarta parte de los ciudadanos que componen el
censo electoral.
No procede el referendo respecto de las leyes aprobatorias de tratados internacionales, ni de la Ley de Presupuesto, ni de las referentes a materias fiscales o tributarias."

Este articulo prohibe que mediante una votación los ciudadanos podamos derogar, por ejemplo, un presupuesto creado para favorecer grupos de interes especificos, impuestos confiscatorios o tratados internacionales inconvenientes. El articulo no fuera tan ofensivo si en las primeras páginas de esa misma constitución no apareciera este articulo:

"ARTICULO 3. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece."

Ah, de manera que el poder publico (en realidad, estatal) proviene del pueblo, y este puede ejercer soberanía de forma directa con la gran excepción de los acuerdos con otros paises, cuanto y como va a recaudar impuestos y cuanto y como lo va a gastar. Que clase de poder tenemos si no podemos decidir directamente sobre estos tres aspectos?

Hay que reconocer la astucia de los estatistas colombianos. Crean la ilusión de una constitución mas "democratica y participativa" pero sin dejarnos decidir directamente sobre nuestro dinero y nuestras relaciones internacionales. Es que sería muy peligroso.... para ellos.